martes, febrero 20, 2007

CARA Y SELLO DE UN PROCESO JUDICIAL EN MARCHA

Cara a cara Myla Chávez abogada edil Jorge Soria y Francisco Prieto Concejal

Bernardo Yañez Stumptner

El viernes 2 de Febrero los medios de comunicación fueron informados de la orden de captura, enviada a la Policía de Investigaciones por la jueza Soledad Fernández del 2do. Juzgado contra Jorge Soria Quiroga, alcalde procesado de la ciudad de Iquique, al no presentarse, ni ser habido para ser prontuariado, tras fracasar todos los intentos de la defensa en los diferentes recursos presentados. Por lo mismo entrevistamos a la abogada Myla Chávez, funcionaria de la Corporación Municipal de Desarrollo Social y una de las integrantes del staff abogados que defienden al edil, y el concejal Francisco Prieto Henríquez, concejal, y el más tenaz acusador de Soria y por ende el más odiado por el sorismo.

MYLA CHAVEZ

Jorge Soria Quiroga no ha sido procesado en ningún momento”
Para la abogada Chávez, Jorge Soria Quiroga no ha sido procesado en ningún momento, pues el auto de procesamiento de fecha 8 de Mayo de 2006, se dirigió en contra de Jorge Quiroga Contreras, lamentablemente, dice, los efectos materiales del auto de procesamiento se han dirigido en contra del Alcalde.

“Conviene decir que el auto de procesamiento en contra de Jorge Quiroga Contreras, no encuentra razón en una supuesta “triangulación” o financiamiento de campañas políticas: los Tribunales señalan que el señor Quiroga Contreras habría permitido que otra persona (el señor Wittman Contreras) se quedara con dineros de la Municipalidad, de manera ilegítima, lo que sin duda, constituye una posición muy débil y rebuscada para intentar procesar y denostar al Alcalde”.

“Además, con fecha 8 de Agosto de 2006, se abrió una investigación criminal en contra del Alcalde, para investigar conductas que no han sido tipificadas como delito, en Ley alguna: “eventuales salidas e ingresos ilegales del territorio nacional. Por último, se ha iniciado, otra investigación, por supuesta negociación incompatible, siendo claro que el Alcalde no condujo dos intereses contrapuestos, dado que no votó en las sesiones del Concejo en que se acordó una transacción. Por lo demás, tal transacción se celebró hace cerca de 9 años, de manera que la supuesta acción penal, estaría prescrita hace unos 4”.

¿Qué espera de los tribunales de justicia?
“Esperamos que pronto los Tribunales, recogiendo la verdad de los hechos, declaren la inocencia de don Jorge Soria Quiroga. Lamentablemente, ese anhelo ha sido entorpecido no sólo por la lentitud propia del anquilosado y retrógrado sistema procesal penal antiguo, sino también por la marcada e innegable falta de imparcialidad de los Tribunales que han conocido de la causa”.

“Esperemos que pronto se reintegre a sus funciones el Alcalde elegido por votación popular. Para ello, se encuentra recuperándose de su operación a las rodillas y de un estrés post traumático, producido por la ilegal orden de privación de libertad, decretada por la Jueza en Noviembre de 2006. Además, cualquier elección de Alcalde Suplente, adolecería de nulidad, pues el Tribunal Constitucional suspendió los efectos del requerimiento presentado por dos concejales y que tenía por objeto una declaración de “inhabilidad temporal”.

Finalmente manifiesta que “Como es sabido, los procesos penales de acuerdo al sistema antiguo, aparte de arrojar serias dudas acerca de su transparencia, son lentos. Es por ello que el Legislador reformó el sistema procesal penal. En cuanto al juicio en que se procesó a Jorge Quiroga Contreras, comenzó en Marzo de 2003 y durante tres años, la Jueza no encontró ningún mérito para citar al Alcalde de Iquique. Es decir, la supuesta “demora” del juicio no se debe a dilaciones del Alcalde, sino a que la propia Jueza no encontraba razón para hacerlo comparecer arrestado, como interesaba al Consejo de Defensa del Estado. Sin embargo, la correcta actitud de la Jueza, cambió en Marzo de 2006, a raíz de una protesta realizada por una persona que no tenía conocimiento del sumario (Francisco Prieto), pero que lucía información de la que sólo disponían el Tribunal y el Consejo de Defensa del Estado. Jamás se ha sancionado a dicha persona”.

“Esta singular situación y un Oficio secreto, del todo inconstitucional, enviado por la Corte de Iquique a la Jueza el 11 de Abril de 2006, parecen haber cambiado la actitud del Tribunal hasta configurar un acoso judicial permanente en contra del Alcalde. Llama la atención que este cambio de actitud coincida con la tramitación del proyecto de Ley que creaba una nueva circunscripción senatorial, conformada por la actual provincia de Iquique”.

“La verdad es que la situación que afecta al Alcalde de Iquique, reviste muchas aristas.En primer término, existe la defensa penal, por las investigaciones que enfrenta. Por infundadas que sean, dichas imputaciones precisan la intervención de su defensa, para evitar que se sigan atropellando garantías procesales. Luego, existe una defensa ante el Tribunal Constitucional, para dejar establecido que un supuesto procesamiento, no afecta el ejercicio del cargo de Alcalde, pues la norma del artículo 61 de la Ley de Municipalidades es inconstitucional y, en último caso, fue derogada por el inciso final del artículo 74 del mismo cuerpo legal. Además, nos ha interesado que la Justicia competente investigue ciertas conductas que podrían revestir caracteres delictuales, como una asociación ilícita para coartar al Alcalde de Iquique, el ejercicio de sus atribuciones; la comisión de apremios ilegítimos, durante la estada del señor Soria Quiroga en la Clínica Iquique; ciertos delitos ministeriales y otras conductas cometidas por Contraloría y el Consejo de Defensa del Estado”.

“Por transparencia entendemos lo que quiso lograr el Legislador reformando el sistema procesal penal antiguo: carácter público del juicio, separación de las funciones de investigación y de juzgamiento, rapidez y control del respeto de las garantías procesales fundamentales. Lamentablemente, el sistema procesal antiguo, bajo el cual se tramita la causa, no otorga tal seguridad.

Muy por el contrario, la Corte de Iquique y el Tribunal de la causa niegan lugar a documentos que no deben ser secretos por mandato constitucional, se niegan algunas certificaciones, se ordenan investigaciones por conductas que no están tipificadas como delitos; en la Corte se han dictado resoluciones a espaldas de la defensa del señor Soria Quiroga y con la participación de una Ministra inhabilitada: la señora Olivares Ojeda. Además, con alguna frecuencia se obstaculiza una labor tan elemental como examinar el expediente”.

“Sabemos que existen órdenes de arresto y hemos impugnado su validez, por parecernos ilegales y arbitrarias, a través de acciones de amparo. Cabe señalar que la Corte de Iquique brindó una tramitación abominable a una acción de amparo: dispuso esperar a que uno de sus Ministros regresara de vacaciones, haciendo tabla rasa de siglos de evolución jurídica. Esta situación, contraria a la noción de Estado de Derecho, a las garantías fundamentales, la Constitución, al Auto Acordado respectivo y al sentido común, motivó que una organización, Observatorio de Los Derechos Humanos, haya iniciado gestiones en la Cámara de Diputados para hacer efectiva la responsabilidad política de los Ministros de la Corte de Iquique, por notable abandono de sus deberes ministeriales”.

FRANCISCO PRIETO

“La estrategia de la defensa de Soria ha sido demorar y dilatar, para escapar de la acción de la justicia”

¿Francisco, en que está la situación actual del alcalde Jorge Soria?
“Primero hay que dejar en claro que Soria tiene dos procesos judiciales, uno que tiene que ver con un fraude al fisco, por el que ya ha habido procesamiento e inhabilitación para ejercer el cargo de alcalde. Ahí se han utilizado todos los recursos legales, a través de distintos recursos de apelación que presenta la defensa a la Corte Suprema, la defensa de Soria ha perdido todos los recursos, por lo tanto en la causa de fraude al fisco sin yo ser abogado estoy claro que todos los recursos han sido rechazados. Y es más al rechazar la Corte Suprema este recurso que se presentó aproximadamente hace un mes, lo obliga a presentarse y a declarar, y también lo obliga a prontuariarse”.

“Hay otra causa por negociación incompatible, que tiene que ver con la compra de terrenos en Cavancha, porque hubo una transacción judicial, en donde Soria representó al municipio en el año 1998 y la Inmobiliaria Maullín, entonces sin haber ningún fallo de ningún tipo de la justicia en ninguna instancia, el señor Soria hace una transacción judicial con la inmobiliaria. Posteriormente al año siguiente parte de esos terrenos que quedan de propiedad de la inmobiliaria, y no de la municipalidad de Iquique, que no alega la propiedad de esos terrenos, después en 1999 la inmobiliaria le vende los terrenos a Jorge Alejandro Soria Quiroga, esa es la causa por la que el alcalde procesado está citado a declarar y no ha comparecido”.

“La estrategia de la defensa de Soria ha sido demorar y dilatar, para de alguna forma escapar de la acción de la justicia, con argumentos burdos y tontos, porque en un escrito quedó un apellido “Contreras”, que es un problema de forma y no de fondo, porque todos sabemos que es Jorge Soria Quiroga, y si hubo un error de digitación, no es un argumento válido, o sea lo único que ha hecho la defensa es dilatar el caso”.

Francisco, Myla Chávez mencionó que se busca la transparencia en el juicio de Jorge Soria
“Ella puede decir lo que quiera como uno de los abogados defensores del señor Soria, pero argumentar el tema de la transparencia, que es una palabra que nunca o muy pocas veces se ha usado en la administración de Soria cuando fue alcalde. Y me refiero no sólo a transparencia en la administración de la municipalidad, sino también en la administración de la Corporación Municipal, donde ella es abogada desde un tiempo a la fecha. Y si habla de transparencia, sería necesario transparentar el horario que ella cumple, y cuanto tiempo de su tiempo de trabajo de la Corporación Municipal lo dedica a la defensa del señor Soria”.

¿Qué pasa con la prontuarización del alcalde Soria?
“La jueza vía exhorto recurrió a la segunda sala de la Corte de Santiago como le puede ocurrir a cualquier ciudadano común y corriente, el juzgado de Santiago le da 15 días de plazo para hacer este trámite que venció el lunes 29, Soria no se presenta, o sea está en rebeldía, prófugo y fugitivo de la justicia. Ese es un trámite que está establecido en la ley, y nadie está sobre la ley, ni tiene un don superior para cumplir los trámites que establece la misma, y como no lo ha hecho el señor Soria está al margen de la ley, y hay una orden de arresto vigente para él por no haber cumplido.

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