jueves, septiembre 23, 2010

CONADI IQUIQUE DESTINA MÁS DE $ 400 MILLONES


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Para concurso de riego en Provincial del Tamarugal.
Un monto concursable de 440 millones pesos destinó la Jurisdicción Nacional Norte de CONADI, para obras de riego y/o drenaje que apoyen las actividades agro – productivas de los indígenas de la Provincia del Tamarugal, que tiendan a mejorar el nivel de vida y dotar de infraestructura de riego, para aprovechar en forma eficiente el recurso hídrico disponible.

El concurso público, XIX Concurso UMA para obras de riego en comunidades del Área de Desarrollo Indígena, Provincia del Tamarugal 2010, consiste en la presentación de proyectos de obras de riego que propongan soluciones específicas a problemas o carencias en las siguientes áreas agro-productivas tales como: Conducción y canalización de las aguas, Almacenamiento, recuperación y reparación de obras de acumulación dañadas por factores climáticos, Mejoramiento de técnicas de riego (Goteo, aspersión, entre otros sistemas de riego tecnificados o tecnificación de los sistemas de riego tradicionales), entre otras.

Al respecto, el subdirector norte de Conadi, Eleodoro Moscoso convocó a todos los interesados a participar de esta nueva versión del concurso UMA, “queremos que todas nuestras comunidades participen de este concurso, con la finalidad de que puedan acceder a los beneficios que entrega el Gobierno en pro del desarrollo de los pueblos originarios”.

Podrán participar de este concurso a) personas naturales indígenas: quienes deberán acreditar la calidad de indígena de acuerdo al artículo 2 de la ley 19.253; b) Comunidades Indígenas: Estar constituidas conforme a lo dispuesto en el artículo 9 al 11 de la Ley Nº 19.253. Tener su directiva vigente al momento de la postulación; c) aquellos que sean parte de comunidades indígenas: las personas que postulen bajo esta modalidad deberán pertenecer a alguna comunidad indígena constituida de conformidad a lo dispuesto en la ley 19.253 y tener su directiva vigente al momento de la postulación.

Deberán desarrollar actividades de agricultura, ganadería o crianza, y en su caso, acreditar legalmente dominio o posesión sobre las aguas y sobre la tierra que servirá y dará cabida a dicha obra o que se encuentren en vías de adquirir el dominio de las aguas y tierras antes dichas, por los procedimientos establecidos en el Art. 2 y Art. 4 transitorio u otros mecanismos del Código de Aguas y por el Decreto Ley Nº 2.695 u otra normativa de saneamiento de la propiedad, respectivamente, circunstancias que se deberán acreditar legalmente y que no importen oposición legal de terceros.

La entrega de las propuestas se hará en un original y dos copias el día miércoles 06 de octubre en la oficina de partes de la Subdirección hasta las 13:30 hrs.

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