domingo, marzo 30, 2014

SEREMI DEL MEDIO AMBIENTE, EXPONE ARGUMENTOS FRENTE A PROYECTO PAGUANTA

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Sobre proyecto de exploración, el Seremi explicó “si hubiese tenido que votar bajo los aspectos técnicamente ejecutados por nuestra Seremi, mi voto hubiese sido a favor, ya que ese trabajo se hizo ajustado a la normativa vigente”.

Frente a la polémica de rechazo del proyecto Paguanta, el Seremi del Medio Ambiente, Juan Carlos Liendo, explicó las razones porque su voto fue negativo al proyecto. “La Seremi del Medio Ambiente de Tarapacá, realizó técnicamente todo lo que le es inherente al Estudio de Impacto Ambiental (EIA), indicó.

Con respecto al proyecto se abordaron aspectos como la conservación de humedales, donde no se detectaron intervenciones de ningún acuífero protegido, sobre el elemento aire, se analizó la calidad de éste en todas las comunidades aledañas al proyecto, no revelando posibilidades de contaminación de material particulado, con respecto a la flora y fauna, no se intervendría ninguna especie calificada en estado de conservación, no evidenciándose intervención alguna sobre las mismas. El ruido y las áreas protegidas como parques nacionales
y/o  reservas naturales, fueron también tema de estudios, a lo que la autoridad se refirió sin afectación alguna sobre el ítem.

Sin embargo, el Seremi indicó que, si se consideró un impacto ambiental y que fue específicamente la interrupción del camino a Cultane, esto obligó de acuerdo al convenio 169 de la OIT y al reglamento que rige el menester de un Estudio de Impacto Ambiental, que se desarrollará una consulta indígena solamente a esta comunidad, por requisito técnico (Artículo 85 del Reglamento de EIA).

En tal sentido, Juan Carlos Liendo, señaló que “si el proyecto  o actividad sometida a evaluación  de un EIA, es emplazado en tierras y áreas de desarrollo indígenas o cercanas a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, debiera convocarse a estos grupos humanos localizados en el área donde se desarrollará el proyecto. Esto está claramente expuesto en el artículo 86 del Reglamento de Estudio de Impacto Ambiental”.

Por lo tanto, según la autoridad se vulneró lo reglamentado, “atentando contra la esencia que reviste la consulta indígena, la que apunta a respetar los nexos de interculturalidad. En este contexto, aseveró que “este incumplimiento me obligó a votar en contra del Proyecto de Prospección Paguanta”. 

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