martes, abril 29, 2014

AUTORIDADES DEL TRABAJO INFORMARON SOBRE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES PARA ESTE 1° DE MAYO

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Los empleadores que no concedan el feriado a sus trabajadores arriesgan multas desde los $200.625 (5 UTM), a $802.500 (20 UTM) por cada trabajador sorprendido en infracción y dependiendo del número de trabajadores de la empresa.

Para dar inicio al plan de difusión de la normativa legal que regula al sector comercio en los días declarados feriados irrenunciables, el seremi del Trabajo y Previsión Social de Tarapacá, Jaime Hip Hidalgo, acompañado del Director Regional del Trabajo, Patricio Villablanca Mouesca, entregaron volantes informativos respecto al descanso y las sanciones que regirán durante este 1° de mayo.

El seremi del Trabajo y Previsión Social de Tarapacá, Jaime Hip Hidalgo, recalcó la importancia de conmemorar el 1º de mayo, y de respetar los derechos de los trabajadores “El objetivo de esta campaña de difusión, es poner en conocimiento a los empleadores y trabajadores del comercio la normativa que regula el feriado irrenunciable de este 1 de mayo”.

Así mismo, el Secretario Regional del Trabajo indicó, quienes se verán beneficiados con este feriado “los trabajadores que su jornada de trabajo se distribuye de lunes a viernes o de lunes a sábado, no se encuentran obligados a prestar servicios el día 1º de mayo, por constituir éste un día de descanso. La duración del descanso, debe comenzar a más tardar a las 21 horas del día 30 de abril y terminar a las 06 horas del día 2 de mayo”.

MULTAS
En cuanto a las multas que arriesgan los empleadores que incumplan la norma, el Director Regional del Trabajo, Patricio Villablanca Mouesca, indicó “la aplicación de las multas tiene 2 ejes, el primer caso es la vulneración al cierre obligatorio desde las 21 horas del 30 de abril, este acarrea sanciones de 401.250 pesos (10UTM) hasta $2.407.500 pesos (60UTM) por infracción, por otra parte, los empleadores que no concedan el feriado a sus trabajadores el 1° de Mayo, arriesgan multas desde los $200.625 pesos (5UTM) a empresas que tengan hasta 49 trabajadores, a $802.500 pesos (20UTM) para empresas que tengas sobre los 200 trabajadores”.

Además, Villablanca Mouesca recordó que los únicos trabajadores del comercio exceptuados de este feriado, son aquellos que trabajan en restaurantes, establecimientos de entretenimiento, farmacias y dependientes de expendio de combustibles. Para finalizar, el Director del Trabajo hizo un llamado a denunciar en caso que los trabajadores vean vulnerados sus derechos, lo cual pueden realizar vía on-line a través del sitio web www.direcciondeltrabajo.cl.

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