Ley de Insolvencia y Reemprendimiento
Deudor y acreedores acordaron la renegociación
del primer procedimiento para las personas, facilitados por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.
Con éxito se
celebró la primera audiencia de renegociación en la Región de Tarapacá, en la
que participaron acreedores de la banca y del retail.
En la ocasión, el
deudor y los acreedores acordaron un plan de pago, facilitados por la Coordinadora
Regional de la Superintendencia, Paulina Ávila Vergara,
el contador Juan Contreras y la encargada de la Unidad de
Coordinadores Regionales, Paloma Norambuena.
Este acuerdo permitirá, entre
otras cosas, la rehabilitación del deudor. Es decir, una persona natural que
logre un acuerdo de renegociación con sus acreedores podrá solicitar a DICOM o
al Boletín Comercial la eliminación del registro de sus deudas morosas,
renegociadas en virtud de dicho acuerdo.
A la fecha, la
Superintendencia ha recibido en la Región I 18 solicitudes de inicio de
procedimientos de renegociación de persona deudora, de las cuales 3 se
encuentran en examen de admisibilidad, 7 han sido declaradas admisibles y 8 han
sido declaradas inadmisibles.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
Personas naturales contribuyentes del art. 42 N° 1 de Ley de Renta
(trabajadores dependientes).
Toda otra persona natural que sea sujeto de crédito (dueñas de casa,
jubilados, estudiantes, etc.)
¿Cuáles son los Requisitos?
1.- Tener dos o más deudas vencidas por más
de 90 días corridos, que sumen más de 80 UF.
2.- No haber sido notificado de una demanda
de Liquidación o de cualquier otro juicio ejecutivo.
¿Cómo se solicita?
Se solicita voluntariamente ante la Superintendencia, acompañando el
formulario que está disponible en la oficina regional ubicada en Calle Bolívar N° 202 Of. 1405. Edificio Finanzas- Iquique, o a través de la página www.superir.gob.cl.
#Iquique
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